Atento River. La Asociación del Fútbol Argentino publicó este viernes una Resolución Oficial que impactará en las transferencias no solo del Millonario sino de todo el fútbol argentino en el mercado de pases. No se trata de una modificación en las normativas, sino de un aviso de posibles sanciones en caso de incumplimiento.

Cuando se concreta una venta entre equipos argentinos o al exterior, el monto neto difiere del bruto debido a diferentes gastos administrativos e impositivos, entre otras cosas. Uno de esos ítems, que no aplican en casos de ejecución de cláusula de rescisión, es la cesión del 15% del monto total del pase al futbolista vendido.

Al futbolista le corresponde, como mínimo, el 15% bruto del monto total de la cesión, sea esta temporaria o definitiva, y que dicho importe debe ser depositado por el club cedente en la sede de Futbolistas Agremiados Argentinos (FAA)“, recordó la entidad citando el artículo 8 de su reglamento. Y avisó: “AFA se obliga a no autorizar la cesión ni habilitar al futbolista en tanto no se acredite debidamente dicho depósito”.

La resolución de AFA y las duras sanciones que podrían recibir los clubes

En ese sentido, AFA comunicó que tomó “conocimiento que algunos clubes de fútbol afiliados a ésta Asociación han dejado de cumplir con lo dispuesto“. Y también que “el mencionado incumplimiento por parte de los clubes, ha provocado un sin número de reclamos judiciales, involucrando en los mismos no solo al club obligado al pago, sino también a la AFA y a FAA, cuando éstos últimos no han podido ejercer ningún tipo de control en virtud de que los convenios de cesión no fueron presentados ante ellos“.

La resolución de AFA.

La resolución de AFA.

En la misma línea, el ente madre del fútbol argentino anticipó que en caso de incumplir con la normativa, los equipos podrían recibir durísimas sanciones que alcanzarían hasta una quita de puntos.

En la resolución, AFA dispuso lo siguiente: “Los clubes afiliados que no presenten la documentación correspondiente a las cesiones de contratos de futbolistas, sean temporarias o definitivas, en la Asociación del Fútbol Argentino y en Futbolistas Argentinos Agremiados, tal como lo establece el artículo 8 del CCT 557/09, dentro de los dos (2) días hábiles de haber sido intimados a tal efecto, serán pasibles de quita de puntos en la tabla de posiciones, de acuerdo con lo que determine el Tribunal de Disciplina de la AFA.